En una decisión que marca un precedente en la
atención social para personas en situación de calle, el Juzgado Primero Penal
del Circuito de Chinchiná ha emitido la sentencia 230 en respuesta a una acción
de tutela presentada por la Personería Municipal. La orden establece la
implementación de programas de asistencia y protección social para habitantes
de calle con problemas de salud mental derivados del consumo de alucinógenos,
buscando garantizar su cuidado personal y la adherencia efectiva a los tratamientos
de rehabilitación y resocialización.
La tutela, presentada por el Personero
Municipal, Sergio López Arias y el Alcaldía Municipal, subrayó la importancia de proteger los derechos
fundamentales a la salud, la vida digna, la integridad y la seguridad social de
la población afectada. “El Personero Municipal de Chinchiná – Caldas, acude a
la acción constitucional con el fin de que, por este medio, se le amparen los
derechos fundamentales a la salud, integridad, vida digna, y seguridad social
de la señora M. M. D. R.," reza el documento, en el cual se solicita la
creación de un programa que garantice el proceso de rehabilitación y terapia,
para evitar el regreso de personas vulnerables a las calles sin el
acompañamiento adecuado.
Esta sentencia responde a la preocupante
realidad de que, tras recibir atención en salud mental a través de las EPS,
muchas personas retornan a las calles sin el soporte necesario para su
recuperación continua, lo cual incrementa el riesgo de recaídas y actos de
violencia relacionados con la búsqueda de recursos para suplir sus adicciones.
La decisión judicial busca resolver una
situación recurrente en el municipio, ya que personas en condición de calle, al
finalizar su atención médica, vuelven a la vida en las calles, donde enfrentan
las mismas problemáticas de consumo. El fallo establece que el municipio de
Chinchiná debe desarrollar estos programas en beneficio de una rehabilitación
integral, evitando que los pacientes regresen a un entorno que potencia la
vulnerabilidad y la exclusión social.
El juez a cargo de la decisión reconoció que,
si bien la atención inicial es un paso fundamental, sin un seguimiento continuo
que integre asistencia social, terapias de rehabilitación y opciones de
resocialización, los problemas de consumo y de salud mental se perpetúan,
afectando a la comunidad y a la propia persona en situación de calle. Esta
acción pone en el centro de la discusión la necesidad de una infraestructura de
apoyo y rehabilitación prolongada, que brinde a las personas en situación de
calle oportunidades reales de reinserción y dignificación.
Con esta medida, Chinchiná busca fortalecer
sus acciones de salud y protección social, estableciendo una política de
acompañamiento a quienes más lo necesitan y promoviendo, a través de estos
programas, el desarrollo de una sociedad más inclusiva y justa.